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ACUERDO MPCEIP-SRP-2021-0238- Emítense las medidas de conservación y ordenamiento para todas las embarcaciones pesqueras autorizadas, orientadas a la protección de todas las especies de mamíferos marinos
Normatividad
Políticas públicasArtículo 1.- Las presentes medidas de ordenamiento serán aplicables para todas las embarcaciones que realizan actividades pesqueras en aguas jurisdiccionales del Ecuador Continental e Insular.
Las embarcaciones pesqueras facultadas para realizan actividades extractivas fuera de aguas jurisdiccionales ecuatorianas bajo el estado de pabellón, cumplirán también estas medidas.
Articulo 2.- Prohibir el intento o acto de cazar, matar, capturar y/o perseguir a cualquier mamífero marino, antes, durante y después de todas las actividades pesqueras, incluido el tránsito autorizado por la Autoridad de Pesca, a embarcaciones en periodos de veda.
- Categoría Blue Five: Ballenas Delfines
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