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ACUERDO Nro. MPCEIP-DMPCEIP-2020-0084
Financiamiento y viabilidad
FinanciaciónArtículo 1.- Delegar a la Coordinadora General Administrativa Financiera el ejercicio de la facultad y atribuciones previstas para la máxima autoridad, en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General, y las Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, en los procedimientos sometidos a régimen especial, el inicio del procedimiento; adjudicación de contrato; suscribir los contratos principales; y, suscribir los instrumentos jurídicos o emitir actos administrativos que sean necesarios para la aplicación de lo previsto en el art. 92 de la LOSNCP, en el grupo de gastos permanente o corriente; y, no permanente o de inversión.
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